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Seguimos a tu servicio
Desde Ferpiar Soluciones Energéticas y Feníe Energía sabemos que en estos momentos de crisis, lo más importante es estar a lado de nuestros clientes y amigos. Por eso desde Feníe Energía, bajamos los precios de nuestros productos y aplicando los procedimientos necesarios para entre todos, podamos superar estos tiempos difíciles.
Como no puede ser de otra forma desde Feníe Energía Lucena, mientras dure las restricciones de movilidad motivadas por el COVI-19, seguimos prestando nuestros servicios a todos nuestros clientes desde el teletrabajo.
Os informamos de las posibles acciones o procedimientos que se han implantado con el objetivo de paliar en la medida de lo posible los efectos de esta situación en la que estamos inmersos.
EMPRESAS Y AUTÓNOMOS
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- Suspensión de pagos de facturas
Los clientes PYMES (no gran empresa) o autónomos podrán solicitar la suspensión de pagos de facturas cuyos consumos pertenezcan al periodo del estado de alarma, desde el 15/03 hasta que finalice. Las facturas seguirán emitiéndose de la manera habitual pero su pago será aplazado.
Ese aplazamiento se recuperará en los siguientes seis meses en cuotas mensuales iguales, comenzando el pago de la primera cuota una vez finalice el estado de alarma.
Los clientes empresas (todas: Grandes y PYMES) o autónomos podrán solicitar una baja temporal de suministro mientras esté vigente el estado de alarma, pudiendo restablecer el servicio sin coste alguno una vez finalice.
Durante la baja temporal el cliente no recibirá factura alguna.
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CONSUMIDORES PERSONAS FÍSICAS EN SU VIVIENDA HABITUAL
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CUIDADO CON LAS MODIFICACIONES DE POTENCIA TEMPORALES
En estos tiempos de crisis motivada por la pandemia del COVID-19, surgen multitud de iniciativas por parte de las grandes empresas en todos los sectores con el objetivo de ayudar al consumidor.
Cómo no podía ser de otro modo, las principales empresas de la distribución eléctrica española, han lanzado iniciativas de cara a abaratar la factura eléctrica, en particular van a permitir que se puedan realizar, bajada de la potencia o potencias contratadas, para luego, una vez que la situación se normalice, volver a subir a la potencia contratada sin tener que esperar la moratoria de un año que hay actualmente.
Algunos medios de comunicación se han hecho eco de estas iniciativas, unos con más acierto que otros. Lo cierto es que estas acciones hay que analizarlas de forma muy particular porque si bien al reducir los Kw contratados bajamos el importe del concepto fijo de la factura, al volver a normalizar la potencia, según qúe empresa distribuidora nos corresponda, podemos encontrar una desagradable sorpresa porque se aplicará el precio estipulado en la Orden ITC/3519/2009 de 28 de diciembre donde se regula la cantidad que debe pagar el cliente en concepto de los derechos de enganche y acceso a las redes.
Como ejemplo, un cliente nos solicita información al respecto este asunto, y una vez analizada la máxima reducción que podíamos aplicarle sin tener que modificar los equipos de medida y que posteriormente tan sólo fuese necesario el trámite de subir de nuevo las potencias hasta las contratadas, una vez que la industria.
En este caso, se trata de una tarifa 3.0A que tiene contratadas unas potencias de P1: 82,98 Kw; P2: 82,98 Kw y P3: 47,30Kw. El objetivo era reducir las potencias contratadas en el P1 y en el P2 hasta igualarlas con las contratadas en el P3.
Aplicando una simulación de una factura para un periodo de 30 días con el precio de potencias que aplicamos en Feníe Energía S.A. sin recargos alguno a nuestros clientes, podemos apreciar que una vez realizadas las operaciones, incluidos los impuestos, el cliente tendría un ahorro en su factura de 278,78€. La contrapartida viene cuando este cliente quiera subir de nuevo la potencia y normalizar su contratación.
En este caso, la distribuidora de la zona es E-Distribución S.L. (antes Endesa Distribución SL.) acepta la operación pero el cliente debe de pagar los derechos establecidos según ley que en este caso son los derechos de enganche y los derechos de acceso a redes que una vez aplicados a los 35,68Kw que se habían reducido. Ésto nos dá un importe de 703,00€ (antes de impuestos). El resultado para un periodo de 30 días, conlleva una pérdida de 434,28€ una vez realizadas las operaciones.
De lo anterior se deduce que este ajuste supondría un ahorro a nuestro cliente a partir de 2,5 meses. En consecuencia mucho precaución con estos ajustes.
Las grandes Eléctricas de España
Permite cambio | Cobrará derechos al ampliar de nuevo | |
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Iberdrola* | Si | Si |
Endesa* | Si | Si |
HC* | Si | No (durante un tiempo limitado sin determinar y si se vuelve a la misma potencia que se tenia anteriormente) |
Dielesur* | Si | No (durante un tiempo limitado sin determinar y si se vuelve a la misma potencia que se tenia anteriormente) |
UFD** | Si | Si |
Viesgo* | Si | No (durante un tiempo limitado sin determinar y si se vuelve a la misma potencia que se tenia anteriormente) |
* Confirmado por la propia Distribuidora
** Sin comunicación oficial